Sector Industrial
La Ley de Sostenibilidad Energética del País Vasco establece una serie de obligaciones al sector industrial para reducir el consumo de la energía y potenciar la eficiencia energética.
Entre las diferentes pautas a seguir se establece: la realización de auditorías energéticas, un plan de movilidad a los centros de trabajo o un sistema de gestión de la energía.
Todo ello con el único objetivo de seguir las directrices dictadas por la Unión Europea para 2030. En estas pautas se pretende reducir en un 40% los gases de efecto invernadero y se quiere mejorar la eficiencia energética en un 32,5%.
El EVE ha destinado una serie de ayudas para la puesta en marcha de medidas energéticas.
Gese. Auditorías Energéticas
En Gese disponemos de las herramientas necesarias para la realización de auditorías energéticas en Bizkaia, Gipuzkoa y Araba/Álava. Nuestra experiencia y conocimiento del sector nos permite analizar las necesiades energéticas de cada industria.
Examinamos el gasto energético en aquellos lugares donde se desarrolle la actividad. De esta forma, trataremos de reducir el consumo energético, pero sin disminuir ni un ápice las propiedades existentes.
Tras analizar los consumos emitiremos un informe sobre los pasos a seguir con el objetivo de garantizar el ahorro y la eficiencia, acompañando al cliente a la hora de implementarlo.
Asimismo, estamos continuamente informados sobre los programas de financiación para la realización de auditorías energéticas en los tres Territorios Históricos. De hecho, el Ente Vasco de la Energía (EVE) ha destinado una serie de ayudas para la puesta en marcha de medidas de eficiencia energética que pueden alcanzar hasta el 30% del coste de la operación. Además, existen otro tipo de ayudas para la instalación de energías renovables como la fotovoltáica. Todas estas subvenciones deberán solicitarse a lo largo del 2020, ya que en 2021 desaparecerán.
Normativa del Sector Industrial
Vacio
Artículo 30. Auditorías energéticas
Las empresas tipo I1 y tipo I2 deberán realizar auditorías energéticas de sus equipos, instalaciones, edificios etc. con el objetivo de adoptar medidas de ahorro y reducción de consumos. La realización de la auditoría energética establecerá prioritariamente la minimización de estos consumos energéticos y la instalación de sistemas de energía renovable, fijando un calendario para dichos trabajos.
Una vez realizada la auditoría deberá comunicarse al departamento de la Comunidad Autónoma competente en materia de energía. Además en dichas disposiciones se resumirán la realización de la primera auditoría energética, su vigencia, los aspectos que deben contemplar y el seguimiento de las ya realizadas.
Artículo 31. Gestión energética
A partir de la entrada en vigor de dicha ley y en un plazo de 12 meses, las industrias deberán comunicar al departamento competente la disponibilidad y aplicación de un sistema de gestión energética. Este método podrá realizarse mediante un gestor energético externo o un sistema propio de similares características y que garantice el cumplimiento de la normativa. Plazo: 21 de febrero de 2020.
Artículo 32. Planes de movilidad
Aquellos centros de trabajo en los que al menos en uno de sus turnos se supere el número de 100 personas trabajadoras. Deberán disponer de un plan de movilidad que incluya las medidas de transporte que en su conjunto vayan a racionalizar los desplazamientos al centro de trabajo, con el fin de terminar con el uso ineficiente del vehículo privado. Plazo: 2 años desde la entrada en vigor del Decreto.
Artículo 33. Certificación energética de edificios
Según los plazos establecidos, todos los edificios industriales de la CAPV deberán contar con un certificado de eficiencia energética del edificio. Asimismo, cuando se vaya a renovar, rehabilitar o constriur nuevos edifcios, estos debrerán cumplir con las exigencias de calificación energética en cada momento.
Artículo 34. Eliminación de hidrocarburos
El consumo de hidrocarburos líquidos deberá reducirse de manera paulativa hasta el 31 de diciembre de 2030. El objetivo de esta medida es que a partir de esa fecha se pueda proceder a su completa sustitución por energías menos contaminantes.
¡Solicítanos información!
Si tienes cualquier duda sobre la Ley de Sostenibilidad Energética del País Vasco en cualquier tipo de ámbito, no dudes en consultarnos.
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