Sanciones por no realizar
Auditorías energéticas
La Ley de Sostenibilidad del País Vasco, junto con el Real Decreto 56/2016, establece una serie de sanciones por no realizar las auditorías energéticas estipuladas. Según esta Ley, se deben realizar auditorías energéticas cada cuatro años y su no ejecución o falsificación puede acarrear sanciones de hasta 60.000 euros.
Es importante saber que estas auditorías energéticas deben ser realizadas por auditores energéticos acreditados. Estos profesionales deberán analizar los flujos de energía con el objetivo de minimizar su consumo en la empresa; además deberán llevar a cabo los análisis necesarios para detectar los puntos de mejora en cuanto a eficiencia energética se refiere y establecer las oportunidades de ahorro energético.
Sanciones por no hacer una auditoría energética
El incumplimiento de estas directrices da lugar a una serie de sanciones que vienen recogidas en la ley y en la que se establecen diferentes importes sancionadores según el grado de infracción:
- La no realización de la auditoría energética en el plazo indicado o efectuarla con una entidad no debidamente acreditada se considera una infracción muy grave y se sancionará con una multa de entre 50.001-350.000€.
- Por su parte, si esta auditoría energética no se realiza conforme a los criterios mínimos establecidos en la Ley Vasca de Sostenibilidad, se considera una infracción grave y se castigará con una multa de 12.001 a 50.000 euros.
- Si no se comunica la realización de la auditoría al órgano competente de cada Comunidad Autónoma para su inclusión en el Registro Administrativo de Auditoría Energéticas, se considera una infracción leve. Este tipo de sanción podrá acarrear sanciones de hasta 12.000 euros.
Consulta todas las infracciones y sanciones que aparecen tipificadas en la Ley Vasca de Sostenibilidad a través del siguiente enlace.
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